lunes, 14 de julio de 2008

glosario

1.DERECHO DE ADUANA: Son todos los derechos, emolumentos, impuestos, contribuciones, tasas, gravámenes y todo pago que se fije o exija sobre la importación o exportación de mercancías a territorio nacional o fuera de él.

2.EQUIPAJE: Constituyen equipaje, los efectos personales nuevos o usados que el viajero pueda necesitar razonablemente, para su uso personal o ejercicio de su profesión u oficio en el transcurso de su viaje.

3.EQUIPAJE ACOMPAÑADO: Es aquél que el pasajero o tripulante trae consigo al momento de su arribo o que llega con él, en el mismo vehículo que lo ha transportado a país. (Art. 132 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales).

4.EFECTOS PERSONALES
Son mercaderías de uso personal sin fines comerciales que se ingresan al territorio aduanero

5.EMBALAJE
Cualquier medio material, que sirve para acondicionar, presentar, embalar, manipular, almacenar, conservar y transportar una mercancía. Todo aquello que agrupa, contiene y protege debidamente los productos envasados, facilitando el manejo en las operaciones

6.ENVÍOS DE SOCORRO
Todas las mercaderías tales como productos alimenticios, medicamentos, vestimentas, mantas, carpas, así como casas prefabricadas, vehículos u otros medios de transporte y cualesquiera otros materiales o elementos de primera necesidad remitidos para ayuda

7.ENVIOS URGENTES: Las mercancias que deben ser despachadas rapidamente y con preferencia, por razon de su naturaleza, porque constituyen envios de socorro o porque corresponden a una necesidad apremiante debidamente justificada. Estos se despacharan por la Aduana limitandose el control a lo estrictamente necesario.

8.ENVIOS DE CORRESPONDENCIA: Cartas, tarjetas postales, impresos, cecogramas y paquetes pequenos, designados como envio de correspondencia en las Actas de la Union Postal Universal vigentes actualmente.




miércoles, 9 de julio de 2008

CARTA DE CREDITO


Documento utilizado como instrumento para realizar intercambios entre personas, principalmente en el comercio exterior, aunque éste no es su único uso.


partes necesarias en una transacción



  1. el comprador u ordenante del crédito, el cual solicita la apertura de un crédito;

  2. el vendedor o beneficiario del crédito, quien ha de cumplir con la obligación de entregar la mercancía en los términos acordados;

  3. el banco emisor de la carta de crédito, así como otros bancos que se encargan de entregar el dinero al beneficiario, de notificarle el crédito a su favor, etc.


funcionamiento de una carta de crédito


Cuando el vendedor y el comprador se han puesto de acuerdo en cuanto a las condiciones de la transacción (valor, forma de envió, forma de pago, calidad, cantidad, etc.), cada uno de ellos inicia el cumplimiento de su obligación.


El comprador pide a su banco que se emita a su favor una carta de crédito. Este banco evalúa el crédito y la emite.


Cuando emite la carta de crédito, el banco está asumiendo la responsabilidad de pagarle al vendedor, en el momento en que se cumplan las condiciones de la transacción, el valor acordado entre el comprador y el vendedor. A su vez, este banco le avisa al banco del vendedor que existe esta carta de crédito del cual su cliente es beneficiario; este beneficiario debe verificar que la carta de crédito esté redactada en los mismos términos y condiciones acordadas en un principio.



su principal ventaja es que aporta confianza a las transacciones comerciales.